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Los Derechos de la Embarazada el Feto y el Recien Nacido |
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Los Derechos de la Embarazada, el Feto y el Recién Nacido
- La Embarazada, le Feto y el Recién Nacido tienen el derecho a la protección ante situaciones traumáticas (físicas, psíquicas o emocionales) evitables, derivadas de prácticas familiares, administrativas u organizativas inadecuadas.
- El Feto tiene derecho a que se le realice un control prenatal completo, que se constituye de un mínimo de seis consultas durante la gestación.
- El Feto tiene derecho a un parto natural, con analgesia materna, cuando no exite inidicación científica de realizar cesárea.
- El Recién Nacido tiene derecho a recibir una asistencia, sin distinción por cobertura social, por profesionales debidamente entrenados en una sala de partos equipada a tal fin.
- El Recién Nacido tiene derecho a alojamiento conjunto junto a su madre desde el momento de nacimiento.
- El Recién Nacido tiene derecho a ser identificado desde el momento de su nacimiento y a recibir un nombre.
- El Recién Nacido tiene derecho, sin restricciones, a ser amamantado por su madre y a que su padre participe activamente y bien informado a sus cuidados.
- El Recién Nacido tiene el derecho a tener un lugar adecuado en la Sección o en el lugar apropiado que el estado de su salud lo exija.
- El Recién Nacido tiene derecho a ser considerado sujeto de derechos y ser humano integro en todos sus aspectos.
- La Embarazada, el Feto y el Recién Nacido deben disfrutar de los derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional en 1994
Dr Teodro Puga Extraido de Boletin Informativo de la Sociedad Argentina de Pediatria / Nro 3 1998 / pag. 10
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Modificado el ( sábado, 01 de septiembre de 2007 )
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